Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 13 de Mayo de 2005

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Resumen


ASILO. REQUISITOS PARA LA ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA SOLICITUD. VALOR DE DOCUMENTOS APORTADOS. Para la mera admisión a trámite de la solicitud de asilo, basta que la solicitud no se base en hechos, datos o alegaciones manifiestamente falsos, inverosímiles o que, por carecer de vigencia actual no fundamenten una necesidad de protección, por lo que el requisito en cuestión es un requisito negativo, y no positivo, en cuanto a exigir la existencia de indicios suficientes de la persecución. La Administración no debe juzgar, en fase de admisión a trámite, si hay indicios suficientes de la persecución alegada, sino si el relato es o no manifiestamente falso o inverosímil, pues basta que no lo sea para que la solicitud merezca el trámite. Si bien es cierto que la solicitante no supo contestar a numerosas preguntas que se le formularon sobre cuestiones atinentes a la realidad física y económica de Sierra Leona, también lo es que aportó un carnet de afiliación a un Partido Político de dicho país, y dicho documento debe tomarse como dato objetivo capaz de completar el relato, a efectos de dotar de verosimilitud a la invocación de persecución por motivos políticos, sin que la Administración haya realizado ninguna diligencia de comprobación de la autenticidad de dicho documento, por lo que, en principio, no hay por qué presuponer que el mismo es falso. Ha lugar al recurso de casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Asilado

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 13 de Mayo de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a trece de Mayo de dos mil cinco.

Visto el recurso de casación nº 1079/02, interpuesto por Dª Teresa representada por la Procuradora Dª MARIA BELEN AROCA FLOREZ, contra la sentencia dictada en fecha 16 de marzo de 2001, y en su recurso nº 585/99, por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, sobre inadmisión a trámite de solicitud de asilo, siendo parte recurrida la Administración General del Estado, representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- En el proceso c...

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