Sentencia nº 104/2007 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 24 de Enero de 2007
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Resumen
ASESINATO EN GRADO DE TENTATIVA.HOMICIDIO.ALEVOSÍA.ABUSO DE SUPERIORIDAD.PENA DE MULTA.Se reclama contra la sentencia que condena al procesado como autor penalmente responsable de dos delitos de asesinato, uno consumado y otro intentado. Se condena a las acusadas como autoras cada una de una falta de malos tratos.No concurre la modalidad sorpresiva de alevosía ya que el comportamiento del acusado no fue inesperado para las víctimas ni queda acreditada su intención de aprovecharse de ello para asegurar el resultado de su acción.Es apreciable la desproporción del medio empleado por el agresor que debilitó eficazmente la posible defensa de la víctima, lo que determina la circunstancia de abuso de superioridad en la conducta del primero. La alegación de alevosía por la acusación absorbe la de abuso de superioridad, que no deja de ser una alevosía disminuida o de grado inferior. Se hace lugar al recurso de casación.Se absuelve al acusado del delito de asesinato y se lo condena como autor de un delito de homicidio, concurriendo la circunstancia agravante de abuso de superioridad.
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Historial del Caso
→ Estima el recurso contra Sentencia nº 235/2005 de AP Málaga, Sección 3ª, 15 de Abril de 2005
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia nº 104/2007 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 24 de Enero de 2007
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinticuatro de Enero de dos mil siete.En los recursos de casación por quebrantamiento de forma, infracción de ley y de precepto constitucional, que ante Nos penden, interpuestos por las representaciones de Jose Pedro, María Rosario y Encarna, contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Tercera, que condenó a Jose Pedro por dos delitos de asesinato, uno consumado y otro intentado, y a María Rosario y a Encarna como autoras de una falta de malos tratos; los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la Votación y Fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Juan Saavedra Ruiz, siendo parte el Ministerio Fiscal, estando representados los recurrentes Jose Pedro por la Procuradora Doña Soledad Vallés Rodríguez, y María Rosario y Encarna por el Procurador Don Jesús Fontanilla Fornieles, siendo parte recurrida Hugo y Roberto, representados por el Procurador Don Norberto Pablo Jerez Fernández.I. ANTECEDENTES PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción nº 2 de los de Estepona, instruyó Sumario nº 1/02 contra Jose Pedro, María Rosario y Encarna, por delitos de homicidio y lesiones y, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Tercera, que con fecha quince de abril de dos mil cinco, dictó sentencia que contiene los siguientes Hechos Probados:"HECHOS PROBADOS: PRIMERO.- En la madrugada del día 26 de diciembre de 2001, los procesados Jose Pedro, mayor de edad y ejecutoriamente condenado, entre otros, por varios delitos de robo con violencia, antecedentes que no son computables en esta causa, Encarna y María Rosario, ambas también mayores de edad y sin antecedentes penales...Ver el contenido completo de este documento
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