Sentencia nº 1125/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 26 de Noviembre de 2008

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. ARRENDAMIENTOS URBANOS. SOLIDARIDAD. La Ley de Arrendamientos Urbanos no prohíbe la solidaridad arrendaticia, por más que esté contemplando en términos generales situaciones de arrendador y arrendatario únicos. Se desestima el recurso.

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia nº 1125/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 26 de Noviembre de 2008

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiséis de Noviembre de dos mil ocho.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz, como consecuencia de autos de juicio de cognición núm. 14/2001, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Cádiz, cuyo recurso fue preparado ante la Audiencia Provincial de Cádiz por la representación procesal de Don Narciso, y como parte recurrida la representación procesal de Doña Marcelina, Don Lucio, Don Cornelio.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- 1.- La Procuradora Doña María Fernández Roche, en nombre y representación de Don Narciso, interpuso demanda de juicio de cognición, contra Don Lucio, Don Cornelio, Doña Marcelina y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que estimando íntegramente la demanda y en la que se declare: 1.- La vigencia del contrato de arrendamiento suscrito por Don Narciso del local de negocio sito en el bajo de la calle Sopranis 2 de Cádiz, el derecho de mi mandante a que le s...

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