Sentencia nº 410/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 11 de Abril de 2007

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Resumen


"ARRENDAMIENTO DE INDUSTRIA. RECURSO DE CASACIÓN. FUNDAMENTACION. Un principio tan general como es la carga de la prueba, sin más apoyo, es insuficiente para basar en él un motivo de casación, aparte de que el mismo tampoco es aplicable cuando, si entiende el Tribunal ""a quo"" valorado un hecho en base a una prueba existente, proceda ésta de una u otra parte, y en los casos en que esa valoración se haga conjuntamente en relación a la misma. Se desestima recurso de Casación."

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Historial del Caso


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Extracto


Sentencia nº 410/2007 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 11 de Abril de 2007

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a once de Abril de dos mil siete.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Bilbao de fecha 4 de enero de 2000, como consecuencia del juicio declarativo de menor cuantía seguido ante el Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Bilbao, sobre contrato de arrendamiento de industria, cuyo recurso fue interpuesto por Dña. Asunción, representada por el Procurador, D. Jose-Luís Martín Jaureguibeitia, siendo parte recurrida Don Eugenio, representado por el Procurador, D. Carmelo Olmos Gómez y D. Carlos María y D. Cristobal, representados por el Procurador, D. Angel-Luís Fernández Martínez.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Ante el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Bilbao, Dña. Asunción promovió demanda de juicio declarativo de menor cuantía contra D. Cristobal, D. Eugenio y D. Carlos María sobre reclamación de cantidad por las rentas impagadas, en la que, tras alegar los hechos y fundamentos que tuvo por conveniente, terminó suplicando se dictase sentencia con los siguientes pronunciamientos: "Se condene a los demandados a abonar la cantidad de 7.900.375 ptas., más los intereses legales, así como se condene al pago de las costas causadas en el presente procedimien...

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