Sentencia nº 873/2006 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 8 de Septiembre de 2006
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Resumen
APROPIACIÓN INDEBIDA. DELITO CONTINUADO. En los delitos continuados contra el patrimonio se debe entender que la naturaleza de las conductas, plurales pero unificadas, posibilita que el resultado producido sea tenido como un conjunto de las distintas acciones, lo que permite bien la consideración de delitos de especial gravedad. Esta previsión sobre la consideración conjunta del resultado permite satisfacer el mayor reproche derivado de la naturaleza continuada de las conductas. Consecuentemente, la consideración del total perjuicio causado por varias conductas realizadas en ejercicio de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión, satisface, en términos generales, las exigencias penológicas del delito continuado. En primera instancia se condenó al acusado. En segunda instancia se desestimó la apelación. Planteado recurso de casación fue desestimado.
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Historial del Caso
→ Estima el recurso contra Sentencia nº 5/2005 de AP Murcia, 18 de Febrero de 2005
☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal
Extracto
Sentencia nº 873/2006 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 8 de Septiembre de 2006
ENRIQUE BACIGALUPO ZAPATER CARLOS GRANADOS PEREZ FRANCISCO MONTERDE FERRER
SENTENCIA En la Villa de Madrid, a ocho de Septiembre de dos mil seis. En el recurso de casación que ante Nos pende con el nº 926/2005, interpuesto por la representación de D. Raúl , y la de la acusación particular, HOLYMANGA, S.L., contra la sentencia dictada el 18 de febrero de 2005 por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia, en el Rollo nº 31/04, correspondiente al Sumario 70/2004 del Juzgado de Instrucción nº 6 de Murcia, que condenó al acusado D. Raúl como autor responsable de un delito de apropiación indebida, habiendo sido parte en el presente procedimiento los recurrentes D. Raúl , representado por la Procuradora Dª Sara García-Perrote Latorre, y HOLYMANGA, S.L., representada por el Procurador D. Luis Santias y Viada, y como recurrido el Ministerio Fiscal, han dictado sentencia los Excmos. Sres. mencionados al margen, bajo ponencia de D. Francisco Monterde Ferrer que expresa el parecer de la Sala con arreglo a los siguientes: I. ANTECEDENTES 1º.- El Juzgado de Instrucción nº 6 de Murcia, incoó Sumario con el nº 70/2004, en cuya causa la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Tarragona, tras celebrar juicio oral y público, dictó sentencia el 18 de febrero de 2005, que contenía el siguiente Fallo: "Que debemos CONDENAR al acusado Raúl como responsable en concepto de autor de un delito de APROPIACIÓN IN...Ver el contenido completo de este documento
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