Sentencia nº 1296/2006 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 27 de Noviembre de 2006
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Resumen
DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA. CHEQUE CON CANTIDAD EXCESIVA. iINEXISTENCIA DE PERJUICIO. DELITO DE ESTAFA PROCESAL. Se está ante un supuesto en que se emite un talón bancario con una cantidad excesiva y el que lo recibe, sabiendo a ciencia cierta que la cantidad es errónea, en lugar de devolver el talón o la diferencia intenta cobrarlo y hacer suya esta suma de dinero. En primera instancia se condena al acusado por un delito de apropiación indebida, absolviéndoselo por el delito de estafa procesal. Se estima la casación, absolviéndose al acusado.
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Historial del Caso
→ Estima el recurso contra Sentencia nº 831/2005 de Audiencia Provincial, 20 de Octubre de 2005
Extracto
Sentencia nº 1296/2006 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 27 de Noviembre de 2006
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintisiete de Noviembre de dos mil seis. Esta Sala, compuesta como se hace constar, ha visto el recurso de casación por infracción de ley, de precepto constitucional y quebrantamiento de forma, interpuesto por el procesado Luis Alberto, contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 5ª, que lo condenó por delito consumado del artículo 254 del Código Penal. Ha intervenido el Ministerio Fiscal, estando el procesado recurrente representado por la Procuradora Sra. Fente Delgado, y por la Acusación particular DEUTSCHE BANK SAE, el Procurador Sr. Bermúdez de Castro y Rosillo. Ha sido Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. José Antonio Martín Pallín. I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de Instrucción número 23 de Barcelona, instruyó Diligencias Previas con el número 2414/2004, contra Luis Alberto y, una vez concluso, lo remitió a la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 5ª que, con fecha 20 de Octubre de 2005, dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: Ha resultado probado, y así se declara que el día 18 de septiembre de 2003, el acusado Luis Alberto, mayor de edad y sin antecedentes penales, otorgó con María Teresa y Eugenio un contrato denominado convenio de arras en compraventa de una casa unifamiliar, sita en la CALLE000, nº NUM000 de la localidad de Caldes de Malavella, siendo sus principales estipulaciones las sigu...Ver el contenido completo de este documento
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