Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 13 de Mayo de 2005

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Resumen


APROBACIÓN DE PROYECTO DE ACTUACIÓN. El defecto de compensación en cuanto a superficie edificable y de parcela, supondría una desviación de un cinco por ciento de la edificable y un dos y medio por ciento de la superficie de parcela, lo que, de acuerdo con el principio de proporcionalidad, impide anular la distribución realizada, pues resulta compensable en metálico o mediante la adjudicación pro indiviso. La tesis del recurrente acerca de la conculcación del principio de equidistribución de beneficios y cargas en el proyecto de compensación impugnado carece de justificación. En el proceso contencioso-administrativo se desestima el recurso de dicho orden jurisdiccional. Se desestima el recurso de casación.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 13 de Mayo de 2005

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a trece de Mayo de dos mil cinco.

Visto por Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo, constituída por los Magistrados Excmos. Sres. anotados al margen, el presente recurso de casación, que, con el nº 3402 de 2002, pende ante ella de resolución, interpuesto por el Procurador Don Tomás Alonso Ballesteros, en nombre y representación de Don Eusebio, contra la sentencia pronunciada, con fecha 19 de abril de 2002, por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Burgos, en el recurso contencioso-administrativo nº 312 de 2000, sostenido por la representación procesal de Don Eusebio contra el acuerdo de la Co...

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