Sentencia nº 454/1998 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 31 de Marzo de 1998
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Resumen
APLICACIÓN DE LEY PENAL MAS FAVORABLE. Para la determinación de cual sea la Ley más favorable se tendrá en cuenta la pena que correspondería al hecho enjuiciado con aplicación de las normas completas de uno y otro Cuando se plantee el problema de determinar cual de las dos legislaciones sea más favorable, se tendrá en cuenta para determinar la aplicación de una u otra, el tiempo redimido por el trabajo por el penado hasta la entrada en vigor del nuevo Código Penal, situación jurídica ya inamovible que corresponde a una situación penitenciaria ya plenamente consolidada antes de ese momento y perfectamente compatible con que se apliquen las normas del nuevo texto penal. Se deniega aplicación. Se desestima la casación.
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Extracto
Sentencia nº 454/1998 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 31 de Marzo de 1998
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a treinta y uno de Marzo de mil novecientos noventa y ocho. En el recurso de casación por infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por el procesado Jesúscontra auto dictado por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 15ª), por el que se denegaba la aplicación del Código Penal vigente sobre ap...Ver el contenido completo de este documento
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