Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 23 de Enero de 1997

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Abogados Laboral y Seguridad Social

Resumen


ANTIGÜEDAD. Éstas pensionistas de invalidez desde fecha muy anterior a la presentación de la demanda de autos, a los que se les reconoció la antigüedad reclamada por servicios previos como interinas a la Administración, con efectos económicos retroactivos limitados al último año anterior a la fecha de dicha reclamación, según consta, en el expediente administrativo de una de las actoras, pues no se han aportado por éstas las respectivas sentencias judiciales, pese a que fueron requeridas al efecto en dicho expediente, sin que tampoco se hayan traido a los autos en fase, probatoria, carecen del derecho a que se revise la base reguladora de su pensión por el período que pretenden al haber prescrito el derecho a su exigencia por no haberse reclamado con anterioridad al hecho causante, y no cotizarse por la misma, razón por la cual no puede repecutirse en la base reguladora. Se desestima la casación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 23 de Enero de 1997

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintitrés de Enero de mil novecientos noventa y siete.

Vistos los presentes autos pendientes, ante esta Sala, en virtud del recurso de Casación para la Unificación de Doctrina, interpuesto por los Letrados don Juan Manuel Fernández Otero y don Francisco José Lobo Domínguez, en nombre y representación de DOÑA Julietay DOÑA Irene, contra la sentencia dictada por la Sala de lo social del Tribuna...

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