Sentencia nº 264/2008 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 12 de Mayo de 2008
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Resumen
LESIONES. AMENAZAS. ALEVOSÍA. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. Se reclama contra la sentencia que condena al acusado como autor de un delito de lesiones, concurriendo la agravante de alevosía, y como autor de un delito de amenazas.No estamos en presencia de un supuesto de absorción de un delito más simple en otro de mayor complejidad (art. 8.3.1 CP ), sino de dos conductas delictivas independientes, de las que fueron víctimas dos personas distintas, no abarcando el delito de lesiones la totalidad de la significación antijurídica del suceso en su conjunto, al tener propia significación delictiva la conducta claramente amenazante, integrando un concurso real de delitos de los que es autor el recurrente. No puede apreciarse la agravante de alevosía ya que la agresión con la navaja fue precedida de golpes y amenazas con la misma navaja que después fue utilizada para lesionar, no habiendo cesado el incidente anterior, en el que se esgrimió la navaja, y no pudiéndose afirmar que fuese totalmente súbito e inesperado que pudiera utilizarse esa navaja para agredir.Se hace lugar parcialmente al recurso de casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia nº 264/2008 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 12 de Mayo de 2008
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a doce de Mayo de dos mil ocho.En el recurso de casación por infracción de preceptos constitucionales e infracción de Ley que ante Nos pende, interpuesto por Rodrigo, contra sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real que le condenó por delitos de lesiones y amenazas, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. Carlos Granados Pérez, siendo también parte el Ministerio Fiscal, y estando dicho recurrente representando por la Procuradora Sra. Torrescusa Villaverde.I. ANTECEDENTES 1.- El Juzgado de Instrucción número 1 de Alcázar de San Juan instruyó Procedimiento Abreviado con el número 8/2004 y una vez concluso fue elevado a la Audiencia Provincial ...Ver el contenido completo de este documento
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