Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 14 de Septiembre de 2001

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Resumen


ALZAMIENTO DE BIENES. FALSEDAD DOCUMENTAL. CONDUCTA TÍPICA. La ficción de la firma de otro en un documento constituye un delito de falsedad en la medida que supone una suplantación de personalidad y una atribución mendaz, a la persona cuya firma se imita, de una voluntad negocial que no tuvo. Pero se imita la firma de otro con su autorización y es este otro el verdadero contratante, cuya voluntad no es sustituida por quien estampa la firma, se realiza sin duda una formal falsedad gráfica pero no una falsedad material, por lo que el hecho no debe ser considerado delito de esta naturaleza. En primera instancia se condenó al acusado. Planteado recurso de casación fue desestimado.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Perjudicado

Extracto


Sentencia de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 14 de Septiembre de 2001

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a catorce de Septiembre de dos mil uno.

En el recurso de casación que ante Nos pende con el núm.242/2000, interpuesto por la representación procesal de Juan y Air Mecon, S.A. contra la Sentencia dictada, el 20 de julio de 1.999, por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, en las diligencias previas núm.784/97 del Juzgado de Instrucción núm.22 de la misma ciudad, que absolvió a Mariano de los delitos de alzamiento de bienes y falsedad documental de los que había sido acusado, habiendo sido partes en el presente procedimiento los recurrentes representados por el Procurador D.José Ramón Rego Rodríguez, la Procuradora Dña.Alicia Oliva Collar en nombre y representación de Mariano , como recurrido, y el Excmo.Sr.Fiscal, ha...

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