Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 30 de Octubre de 2003
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Resumen
"RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. FALTA DE LEGITIMACIÓN ACTIVA. Para apreciar la existencia de la responsabilidad patrimonial de la Administración, se exige, la efectiva realidad del daño, que, cuando se trata de la defensa de intereses colectivos, el socio no puede pretender directamente, por su sola condición de accionistas, puedan reclamar los daños ocasionados a la empresa Mahou S.A., persona jurídica distinta de los accionistas y única respecto a la cual directamente se produce el daño. En primera instancia se desestima el Recurso contencioso-administrativo, interpuesto por ""ALTINVE, S.A. y ""I.P.L. INTERNATIONAL LIMITED"" contra la Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se inadmite -por falta de legitimación- la reclamación de responsabilidad patrimonial por perjuicios sufridos por ""MAHOU, S.A."" con motivo de la Oferta Pública de Adquisición de acciones de ""SAN MIGUEL"", y se declara que la Resolución es conforme a Derecho. Sin costas. No ha lugar al recurso de casación interpuesto por Altinver, S.A., de I.P.L. y de Sociedad Gala de Inversiones S.A., con costas."
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Comisión Nacional del Mercado de Valores
Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 30 de Octubre de 2003
D. RAMON TRILLO TORRESD. JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZD. ENRIQUE LECUMBERRI MARTID. AGUSTIN PUENTE PRIETOD. SANTIAGO MARTINEZ-VARES GARCIAD. FRANCISCO GONZALEZ NAVARRO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a treinta de Octubre de dos mil tres. Visto por la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo, constituida por los Magistrados Excmos. Sres. anotados al margen, el presente recurso de casación que con el número 4.418/99 ante la misma pende de resolución interpuesto por el Procurador D. Roberto P. Granizo Palomeque en nombre y representación de Altinver, S.A., de I.P.L. Internacional Limited y de Sociedad Gala de Inversiones S.A. contra Sentencia de 24 de marzo de 1.999 dictada en el recurso núm. 1.907/96 por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 8ª). Comparece en concepto de rec...Ver el contenido completo de este documento
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