Sentencia nº 1059/2000 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 17 de Junio de 2000

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Resumen


"DELITO DE AGRESIÓN SEXUAL. VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS. En el caso concreto que nos ocupa existen pruebas tan evidentes como son las declaraciones de la víctima, de su hermano y de la madre, que de manera coherente, sin fisuras y con reiteración describen la manera de ocurrir los hechos y la intervención en los mismos del acusado, ahora recurrente. Frente a ello no cabe alegar que la declaración de la madre no debe tenerse en cuenta dada la animadversión que profesaba al autor de los hechos debido a que éste en varias ocasiones había rechazado los requerimientos sexuales de aquélla, ya que ésto, amén de suponer una explicación un tanto rocambolesca sobre la falta de credibilidad de la testigo, no ha sido probado de forma alguna. En primera instancia se condena a M.J.R., como autor de un delito de agresiones sexuales, con la víctima especialmente vulnerable por razón de edad, a la pena de 6 años de prisión. Se desestima la casación del acusado. Con costas."

Frases clave


Se alega también que para rechazar la presunción de inocencia son necesarios estos tres requisitos: ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la incriminación sin ambigüedades y contradicciones. En contra de ello se puede indicar: a) esta especie de requisitos no se pueden considerar como tales, sino como simples elementos a tener en cuenta para argumentar en cada caso concreto (sentencia, entre otras, de 13 de abril de 1.999); b) en todo caso, y ante la existencia de unas concretas pruebas, esta alegación nos pone de relieve que el recurrente trata de valorar las mismas de manera diferente a como lo hizo el Tribunal "a quo", dialéctica impermisible según hemos razonado con anterioridad.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Acusación particular

Extracto


Sentencia nº 1059/2000 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 17 de Junio de 2000

En el recurso de casación por Infracción de Ley, que ante Nos pende, interpuesto por el acusado M.J.R., contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zamora, que le condenó por delito de agresiones sexuales; la Sala Segunda del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. anotados al margen, se han constituido para la Votación y Fallo, bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Gregorio García Ancos, siendo también parte el Ministerio Fiscal, y es tando representado dicho recurrente por el Procurador Sr. D. A.V.G.

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ANTECEDENTES DE HECHO

1.- El Juzgado de Instrucción número 1 de Benavente, instruyó Sumario con el número 6/98, y, una vez concluso, lo elevó a la Audiencia Provincial de Zamora, que con fecha siete d...

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