Sentencia nº 1585/2000 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 11 de Octubre de 2000

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Resumen


"AGRESIÓN SEXUAL. INFORMES PERICIALES. AUSENCIA DE ERROR EN LA APRECIACIÓN DE LA PRUEBA. ANÁLISIS DE LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO. Si bien los informe periciales incorporados fragmentariamente al resultado de hechos probados pero estableciendo conclusiones opuestas sirven como documentos acreditativos del error de hecho en la apreciación de la prueba, no puede sostenerse que ello ocurra en el presnete pues debe partirse de la base de la coincidencia del informe del perito psicólogo y del médico forense donde se recogen con precisión las conclusiones derivadas del diagnóstico que sostiene que el acusado sufre un déficit mental ligero y que su capacidad de obrar ""puede"" verse mermado por la conjunción de ese déficit y el consumo de alcohol. Se condena al acusado. No ha lugar al recurso de casación."

Frases clave


Es cierto que la doctrina jurisprudencial de esta Sala ha acogido como documentos acreditativos del error de hecho en la apreciación de la prueba los informes periciales cuando siendo uno solo o varios plenamente coincidentes, el juzgador los incorpora fragmentariamente al resultando de hechos probados y establece unas conclusiones opuestas a las emitidas por los peritos sin explicar racionalmente en la sentencia los motivos de tal contradicción.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Ministerio Fiscal

Extracto


Sentencia nº 1585/2000 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 11 de Octubre de 2000

En el recurso de casación por infracción de ley, que ante Nos pende, interpuesto por la representación del acusado J.L.D.F., contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Ciudad Real, Sección Segunda, que le condenó por delito de agresión sexual, los componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la votación y fallo bajo la Presidencia del primero de los indicados y Ponencia del Excmo. Sr. D. D.R.G., siendo también parte el Ministerio F...

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