Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 21 de Septiembre de 2005

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Resumen


CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. INCONGRUENCIA. PRUEBA. INDEFENSIÓN. Al no apreciarse de la prueba practicada incongruencia entre la misma y lo fallado se procede la desestimación del motivo casacional basado en tal fundamento, si bien los recurrentes solicitaron pruebas que no fueron practicadas ello no implica indefensión por lo que la práctica de la misma resultaba innecesaria a efectos de decidir el recurso. Rechazado el recurso contencioso administrativo se plantea recurso de casación que fue desestimado.

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☞ Sentencia Favorable a: Administración

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 21 de Septiembre de 2005

JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZENRIQUE LECUMBERRI MARTIAGUSTIN PUENTE PRIETOSANTIAGO MARTINEZ-VARES GARCIAMARGARITA ROBLES FERNANDEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Septiembre de dos mil cinco.

Visto por la Sala Tercera, Sección Sexta del Tribunal Supremo constituida por los señores al margen anotados, el presente recurso de casación con el número 4466/01 que ante la misma pende de resolución interpuesto por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillen, en nombre y representación de D. Carlos Daniel contra sentencia de fecha 14 de mayo de 2.001 dictada en el recurso 11/95 por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Novena, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Comparece como parte recurrida el Sr. Abogado del Estado en la representación que ostenta

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La sentencia recurrida contiene la parte disposit...

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