Sentencia nº 516/2003 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 26 de Mayo de 2003
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Resumen
SOCIEDADES. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR. PERJUICIO A LOS ACREEDORES. La parte recurrente hace cuestión de los hechos tenidos por probados en la demanda, en el sentido de que la resolución impugnada estima acreditado que los demandados, han sido los socios administradores de la sociedad desde su fundación en el año 1993, en los primeros tiempos por su designación para el cargo, y posteriormente, porque no obstante a que, en fechas distintas renunciaron el cargo, sin embargo, de hecho han sido los que han seguido administrando a la sociedad, firmando cheques y pagarés, obligando a la sociedad, por lo que en la sentencia de instancia se los ha tenido como administradores de hecho, no obstante a que a primeros de del año 1994 se nombraran nuevos administradores con renuncia formal de los demandados que se inscribió en el Registro Mercantil, solamente lo fue a puros efectos formales, pero los que en realidad administraban la sociedad eran los codemandados, administradores de hecho que a los efectos de poder exigirles esta responsabilidad ha sido reconocido por la jurisprudencia de esta Sala, y más, cuando tal posición de los consejeros pueda redundar en perjuicio de los acreedores, sobre todo si se aprecia la existencia de fraude acreditado por las circunstancias de que en apenas cuatro meses se ha efectuado en tres ocasiones nombramiento de administradores. En primera instancia se desestima la demanda. Se estima parcialmente la apelación. Se desestima la casación.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Acreedor
Extracto
Sentencia nº 516/2003 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 26 de Mayo de 2003
D. JOSE ALMAGRO NOSETED. FRANCISCO MARIN CASTAND. JOSE DE ASIS GARROTE
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintiséis de Mayo de dos mil tres. VISTO por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación, por la Sección Primera de la Iltma. Audiencia Provincial de Ciudad Real, como consecuencia de juicio ordinario declarativo de menor cuantía, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número DOS de los de Ciudad Real, sobre reclamación de cantidad, cuyo recurso fue interpuesto por DON Guillermo y DOÑA Sara , representados por la Procuradora de los Tribunales Doña María Concepción Donday Cuevas, en el que es recurrida la compañía MARI PAZ, S.L., representada por la Procuradora d...Ver el contenido completo de este documento
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