Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 27 de Diciembre de 1995
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Resumen
ACUMULACIÓN DE RECURSOS. Dándose los requisitos exigidos por el artículo 47 de la Ley de la Jurisdicción, en relación con el artículo 44.2 de la misma, procede acceder a la acumulación del presente recurso y del que se tramita en esta misma Sección con el número 4.068/89. Se acumula el contencioso administrativo.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Auto de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 27 de Diciembre de 1995
AUTO
En la Villa de Madrid, a veintisiete de Diciembre de mil novecientos noventa y cinco.ANTECEDENTES DE ...Ver el contenido completo de este documento
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