Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 27 de Marzo de 2001

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Resumen


"RECURSO DE CASACIÓN. IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS SOCIALES. CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL. Se recurre la sentencia que estima el recurso de apelación y deja sin efecto la sentencia que estimaba la demanda sobre impugnación de acuerdos sociales. La decisión de no cambiar el domicilio social constituye en si misma un acuerdo- se estima porque no se acepta la argumentación de la sentencia recurrida relativa a que ""indirectamente, con su demanda, lo que está pretendiendo la parte actora es obtener un pronunciamiento declarativo de un derecho -cual es el cambio del domicilio social-, por medio de un cauce absolutamente inidóneo, como es el de impugnación de acuerdos sociales, que, por su propia naturaleza, tiene que entrañar siempre una pretensión negativa o de mera declaración de nulidad o anulabilidad, pues es evidente que en la Junta ha existido el acuerdo de no cambiar el domicilio social, el cual infringe lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Sociedades Anónimas. Se estima el recurso. "

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrente

Extracto


Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 27 de Marzo de 2001

D. ALFONSO VILLAGOMEZ RODILD. ROMAN GARCIA VARELAD. JESUS CORBAL FERNANDEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Marzo de dos mil uno.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo integrada por los Magistrados arriba indicados, el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada en grado de apelación, en fecha 29 de diciembre de 1995, en el rollo número 828/93, por la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid, como consecuencia de autos de juicio declarativo de menor cuantía sobre impugnación de acuerdos sociales seguidos con el número 1038/92 ante el Juzgado de Primera Instancia número 62 de Madrid; recurso que fue interpuesto por doña Virginia , doña Fátima y doña María Angeles , representadas por la Procuradora doña Cayetana de Zulueta Lushinger, siendo recurrida la entidad mercantil "DIRECCION000 .", representada por el Procurador don Juan Luis Pérez-Mulet Suárez, en él que también fue parte el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- 1º.- La Pr...

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