Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Mayo de 2004

Enlazado como:
Abogados Público y Administrativo

Resumen


IMPUGNACION DE ACUERDOS. ACTO ADMINISTARTIVO. ANULABILIDAD. Los defectos de forma solo determinan la anulabilidad cuando el acto carezca de los requisitos formales indispensables para alcanzar su fin o dé lugar a la indefensión de los interesados. Se inadmite el recurso de casación.

Ver el contenido completo de este documento

Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 19 de Mayo de 2004

D. MARIANO DE ORO-PULIDO LOPEZD. RICARDO ENRIQUEZ SANCHOD. PEDRO JOSE YAGÜE GILD. JESUS ERNESTO PECES MORATED. SEGUNDO MENENDEZ PEREZD. RAFAEL FERNANDEZ VALVERDE

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diecinueve de Mayo de dos mil cuatro.

Visto por la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo, constituída por los Magistrados Excmos. Sres. anotados al margen, el presente recurso de casación, que, con el nº 630 de 2002, pende ante ella de resolución, interpuesto por el Procurador Don Juan Antonio García San Miguel y Orueta, en nombre y representación de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación UA-6 del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife, contra la sentencia pronunciada, con fecha 15 de junio de 2001, por la Sala de l...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía