Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 20 de Julio de 1998
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Resumen
ACTIVIDADES COMERCIALES E INDUSTRIALES. Contra lo erróneamente sostenido por la Abogacia del Estado, la Sentencia de instancia no resulta incompleta por limitarse a anular las liquidaciones practicadas sin ordenar su sustitución por otras , por que aquella declaración anulatoria es la única que impone, a las Sentencias estimatorias de un recurso contencioso administrativo de esta índole, el apartado a) del artículo 84 de la Ley de la Jurisdicción. Se desestima la apelación.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 20 de Julio de 1998
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veinte de Julio de mil novecientos noventa y ocho. VISTO ante esta Sección Segunda de la Sala Tercera el recurso de Apelación nº. 4695/92 interpuesto por la Administración General del Estado, defendida y representada por el Abogado del Estado, contra la Sentencia dictada, en fecha 13 de Febrero de 1992, por la Sala de lo Contencioso Administrativo de...Ver el contenido completo de este documento
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