Sentencia nº 696/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 11 de Julio de 2000
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Resumen
"COMPRAVENTA DE ACCIONES MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA. Esta apreciación resulta suficiente argumentación para estimar la pretensión actora, que se funda en una cláusula contractual absolutamente clara (art. 1.281, párrafo primero, del Código Civil), y cuyos efectos vinculan a las partes en virtud de la obligatoriedad de lo pactado (arts. 1.091, 1.255, 1.256, 1.258 y 1.278 del Código Civil), sin que por lo demás, obste a la consideración de ""contingencias"", el hecho de que los conceptos litigiosos respondan a cálculos estimatorios, pues cuando la estimación efectuada resulta desproporcionada (sustancial) en relación con la realidad, es evidente que está comprendida en la previsión contractual, aunque no haya existido engaño o mala fe en la estimación efectuada. Se desestima la demanda interpuesta por Compañía Mercantil Rústicas S.A. contra la compañía Tabacalera S.A.. Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la demandante, con costas. Se estima la casación de ""RUSTICAS S.A."", se estima la demanda, sin costas."
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Demandante
Extracto
Sentencia nº 696/2000 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 11 de Julio de 2000
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el presente recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Novena, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Nº Treinta y nueve de dicha ciudad; cuyo recurso fue interpuesto por COMPAÑIA MERCANTIL "RUSTICAS, S.A.", representada por el Procurador D. F.D.G. y Gauna, y por fallecimiento de este, por la Procuradora Dª Eva de G.R. siendo parte recurrida TABACALERA, S.A., representada por la Procuradora Dª María T.G.T..
ANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO.- 1.- El Procurador D. F.D.G. y Gauna en nombre y representación de, la compañía mercantil "Rusticas, S.A.", interpuso demanda de juicio de menor cuantía ante el Juzgado de Primera Instancia Número Treinta y nueve de Madrid, siendo parte demandada la compañía "Tabacalera, S.A.", en la persona de su representante legal, alegando los hechos...Ver el contenido completo de este documento
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