Sentencia nº 435 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 12 de Mayo de 1992

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Resumen


"ACCIÓN PUBLICIANA - Los requisitos exigidos para el supuesto excepcional dela acción publiciana, en la tesis de la admisibilidad de la figura, sonfundamentalmente, que se trate de una posesión exclusiva, de buena fe, conjusto título y en concepto de dueño, ejercitada frente a un poseedor deinferior derecho. En primera instancia se rechazan las excepciones de falta de legitimaciónactiva y falta de litis consorcio activo necesario; y se desestima lademanda. Se desestima la apelación. No se hace lugar a la casación."

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia nº 435 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 12 de Mayo de 1992

En la Villa de Madrid, a 12 de Mayo de 1.992. Visto por la Sala

Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen

indicados, el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de

apelación por Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Madrid, como

consecuencia de juicio declarativo ordinario de Menor Cuantía, seguido ante

el Juzgado de Primera Instancia Número Doce de los de Madrid, sobre

declaración de derecho; cuyo recurso fue interpuesto por DON Jose Luis, representado por el Procurador de los Tribunales Don

Rafael Ortiz de Solorzano y Arbex, y defendido por el Letrado Don Luis

Domínguez Rodrigo; siendo parte recurrida DON Mauricioy

DOÑA María Esther, representados por la

Procuradora Doña Pilar Calvo Díaz, y defendidos por el Letrado Don Jorge

Argote Alarcón.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.-

1.- El Procurador Don Rafael Ortiz de Solorzano y Arbex, en nombre

y representación de DON Jose Luis, formuló demanda

de menor cuantía, ante el Juzgado de Primera Instancia Número Doce de los

de Madrid, contra Don Mauricioy Doña María Esther, en la c...

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