Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 23 de Junio de 2001
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Resumen
ACCIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. Como certeramente señala la Sala de instancia en su sentencia, la reclamación, dirigida a la Administración autonómica con anterioridad al transcurso de un año de la publicación de la aprobación definitiva del referido Plan Especial en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, tuvo como causa de pedir exclusivamente la declaración de espacio natural de especial interés del terreno de su propiedad, que efectuó la Ley 8/85, de 17 de julio, del Parlamento de las Islas Baleares, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma el 30 de julio del mismo año 1985, de manera que, cuando el día 24 de junio de 1989 los demandantes formularon su reclamación, había transcurrido con exceso el plazo de un año que fijan los preceptos citados en la sentencia recurrida para el ejercicio de la acción por responsabilidad patrimonial de la Administración, y, por consiguiente, opuesta por la Administración demandada tal excepción oportunamente, procedía acogerla, como hizo la Sala de instancia en la sentencia recurrida a efectos de desestimar la demanda. Se desestima la demanda. Se desestima la apelación.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 23 de Junio de 2001
D. PEDRO ANTONIO MATEOS GARCIAD. JESUS ERNESTO PECES MORATED. JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZD. ENRIQUE LECUMBERRI MARTID. JOSE MARIA ALVAREZ-CIENFUEGOS SUAREZD. FRANCISCO GONZALEZ NAVARRO
SENTENCIAEn la Villa de Madrid, a veintitrés de Junio de dos mil uno. Visto por la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo, constituida por los Magistrados Excmos. Sres. anotados al margen, el presente recurso de casación, que, con el nº 190/92, pende ante ella de resolución, interpuesto por el Procurador Don Francisco Velasco Muñoz-Cuellar, en nombre y representación de Doña Remedios y Don Marco Antonio , contra la sentencia pronunciada, con fecha 27 de abril de 1992, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el recurso contencioso-administrativo nº 698 de 1990, sostenido por la representación procesal de Doña Remedios y Don Marco Antonio , contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, de la reclamación formulada a la Comunidad Autón...Ver el contenido completo de este documento
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