Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 10 de Noviembre de 2003

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Resumen


ACCIDENTE DE TRABAJO.UNIFICACIÓN DE DOCTRINA.El artículo 217 de la Ley de Procedimiento Laboral exige para la viabilidad del recurso de casación para la unificación de doctrina que exista una contradicción entre la resolución judicial que se impugna y otra resolución judicial que ha de ser una sentencia de una Sala de lo Social de un Tribunal Superior de Justicia o de la Sala IV del Tribunal Supremo.Se desestima el recurso de súplica. Se declara la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Extracto


Auto de TS, Sala 4ª, de lo Social, 10 de Noviembre de 2003

En la Villa de Madrid, a diez de Noviembre de dos mil tres.HECHOS

PRIMERO.- Por el Juzgado de lo Social nº 3 de Granada se dictó sentencia en fecha 21 de mayo de 2002, en procedimiento núm. 677/00, seguido a instancias de Dª Raquelcontra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre accidente, que desestimo la demanda.

SEGUNDO.- Dicha resolución fue recurrida en suplicación por Dª Raquel, siendo dictada sen...

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