Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 26 de Junio de 2001

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Resumen


ACCIDENTE DE TRABAJO. Las prestaciones sanitarias derivadas del mismo se aplicarán mientras resulten necesarias, aunque el trabajador haya dejado de serlo para convertirse en pensionista. Por otra parte, el que el pensionista de incapacidad permanente por accidente de trabajo pase a serlo, por decisión propia o por mandato legal, de jubilación no altera su derecho a la prestación sanitaria derivada del accidente, que se mantiene, como ya ha quedado dicho, siempre que exista esa necesidad y su causa sea el accidente de trabajo sufrido. Se estima la demanda. Se estima la apelación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Trabajador

Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 26 de Junio de 2001

D. LUIS GIL SUAREZD. MANUEL IGLESIAS CABEROD. LUIS RAMON MARTINEZ GARRIDOD. GONZALO MOLINER TAMBOREROD. JUAN FRANCISCO GARCIA SANCHEZD. BARTOLOME RIOS SALMERON

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintiséis de Junio de dos mil uno.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el SERVICIO VASCO DE SALUD, representado por el Procurador Sr. Pulgar Arroyo y defendido por Letrado, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 11 de a...

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