Sentencia nº 1152/1998 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 14 de Diciembre de 1998
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Resumen
RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. ACCIDENTE DE CIRCULACIÓN. CULPA IN VIGILANDO. La sentencia no ha declarado la culpabilidad de los demandados recurrentes, porque el vehículo careciera de seguro obligatorio, y entraña una evidente culpa in vigilando el dejar las llaves de un vehículo tan peligroso como el de autos en un sitio tan poco seguro como la oficina de la discoteca, de donde podía cogerlas cualquiera de los empleados de la misma, como así ocurrió. Por todo lo expuesto, el recurso ha de ser desestimado. En primera instancia se estimó parcialmente la demanda. En segunda instancia se estimó parcialmente la apelación. Planteado recurso de casación fue desestimado.
Frases clave
“ Tampoco puede tener favorable acogida la insustancial tesis impugnatoria contenida en este segundo apartado del motivo, pues la sentencia no ha declarado la culpabilidad de los esposos demandados, aquí recurrentes, porque el vehículo careciera de seguro obligatorio, y, por otro lado, entrañ una evidente culpa "in vigilando" el dejar las llaves de un vehículo tan peligroso como el de autos en un sitio tan poco seguro como la oficina de la discoteca, de donde podía cogerlas cualquiera de los empleados de la misma, como así ocurrió. Por todo lo expuesto, el expresado motivo, en sus dos apartados examinados, ha de ser también desestimado. ”
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Asegurado
Extracto
Sentencia nº 1152/1998 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 14 de Diciembre de 1998
En la Villa de Madrid, a catorce de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el presente recurso de casación, contra la sentencia dictada en grado de apelación, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, como consecuencia de autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de San Bartolomé de Tirajana, sobre reclamación de cantidad; cuyo recurso ha sido interpuesto por DON Carlos RamónY DOÑA Silvia, representados por el Procurador de los Tribunales D. Antonio García Martínez; siendo parte recurrida DOÑA Guadalupe, representada por la Procuradora Dª Aurora Gómez-Villaboa y Mandrí.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- El Procurador de los Tribunales D. Francisco Beltrán Sierra en nombre y representación de D. Carlosy sus padres D Rubény Dª Guadalupe, formuló ante el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de San Bartolomé de Tirajana, demanda de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, contra D. Carlos Ramóny Dª Silviay contra D. Alonso, sobre reclamación de cantidad, alegó los hechos y fundamentos de derecho que constan en autos y terminó suplicando en su día se dicte sentencia por la que se declare: 1º Que D. Carlos Ramóny Dª Silviason civilmente responsables de los daños y perjuicios sobrevenidos a Don Carlosy a sus padres,...Ver el contenido completo de este documento
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