Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Junio de 2009

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Resumen


ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. APREMIO Y MEDIDA CAUTELAR. Es improcedente el apremio ante la existencia de una medida cautelar, máxime cuando la parte había prestado la garantía exigida. Se desestima el recurso contencioso administrativo. Se estima en parte el recurso de casación.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 10 de Junio de 2009

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a diez de junio de dos mil nueve

Visto por la Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo el recurso de casación núm. 2437 / 2006, interpuesto por el Procurador D. Adolfo Morales Hernández Sanjuán en nombre y representación de Dª. Rosalia , contra la sentencia de fecha 27 de febrero de 2006, dictada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso de dicho orden jurisdiccional núm. 321/05, sobre providencia de apremio.

Ha sido parte recurrida la Administración General del Estado, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO .- En el recurso contencioso-administrativo núm. 321/05 seguido ante la Sección Séptima de la Sala de dicho orden jurisdiccional de la Audiencia Nacional se dictó sentencia, con fecha 27 de febrero de 2006 , cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Que DEBEMOS DESESTIMAR Y DESES...

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