Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 16 de Abril de 2009
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Resumen
RECURSO DE CASACIÓN. ACTOS ADMINISTRATIVOS. IMPUGNACIÓN. JURISDICCIÓN. Han de ser los órganos jurisdiccionales los que, ponderando los intereses contrapuestos, puedan determinar si resulta pertinente la ejecución de los actos que son impugnados ante la jurisdicción contencioso administrativa. Se desestima el recurso.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 16 de Abril de 2009
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a dieciséis de abril de dos mil nueveVisto por la Sección Segunda de la Sala Tercera de este Tribunal el recurso de casación núm. 5004/2006, interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de don Teodulfo , contra la Sentencia, de fecha 17 de julio de 2006, dictada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, recaída en el recurso de dicho orden jurisdiccional núm. 425/2004, en el que se impugnaba la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (T.E.A.C.), de fecha 24 de junio de 2004, por la que se acuerda inadmitir a trámite la solicitud de suspensión formalizada por el actor en la pieza separada de suspensión de la reclamación económico administrativa promovida frente al Acuerdo de liquidación derivado del Acta de disconformidad núm. NUM000 incoada al interesado por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicios 1993-1994, por importe de 824.212,32 euros. Ha comparecido, como parte recurrida, la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada por el ...Ver el contenido completo de este documento
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