ATS, 1 de Abril de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:2634A
Número de Recurso2564/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a uno de Abril de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - La representación procesal de Doña Isabel presentó escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la Sentencia dictada, con fecha 10 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial Oviedo (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 253/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 187/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Langreo.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 12 de noviembre de 2013 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento ante esta Sala, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de las partes y al Ministerio Fiscal.

  3. - La procuradora Doña Yolanda Luna Sierra presentó escrito ante esta Sala el 18 de noviembre de 2013, personándose en nombre y representación de Doña Isabel , en calidad de recurrente. Mediante escrito presentado el 15 de noviembre de 2013, el procurador Don Manuel Álvarez-Buylla Ballesteros se personaba en nombre y representación de Doña Estrella , en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de Doña Isabel , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. -De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC 2000 , procede entregar copia del escrito del recurso interpuesto, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dar traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuesto por Doña Isabel , contra la sentencia dictada con fecha 10 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial Oviedo (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 253/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 187/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Langreo.

  2. ) Entreguese copia del recurso interpuesto, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal .

  3. ) Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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