Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 22 de Marzo de 2011

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Resumen


RECURSO DE CASACIÓN. DENUNCIA DE LA INFRACCIÓN LEGAL. PREJUBILACIÓN. SUBSIDIO DE DESEMPLEO. La cuestión debatida consiste en determinar si el actor, prejubilado, tiene derecho a percibir de su empleadora la cantidad de la retribución garantizada que le había sido dejado de abonar mientras estuvo percibiendo el subsidio de desempleo, una vez que la prestación le fue retirada por el INEM, al detectar dicho organismo que el trabajador realizaba trabajos por cuenta propia. El recurso no cumple con la exigencia de denuncia de la infracción legal cometida en la sentencia recurrida. Se incumple flagrantemente el requisito de admisión, pues ni siquiera se cita el precepto que ha sido infringido, ya que no lo es la mención de que se ha aplicado indebidamente la cláusula 7ª del acuerdo de prejubilación, pues tal cláusula no tiene la consideración de norma jurídica, como ocurriría si estuviese establecida en un convenio colectivo, sino que constituye una mera estipulación obligacional. Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina.

Original


El incumplimiento del requisito de falta de fundamentación de la infracción legal cometida, que conforme al art. 223 de la LPL serian en otro momento causa de inadmisión del recurso, lo es de deses...

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 22 de Marzo de 2011

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintidós de Marzo de dos mil once.

Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala en virtud de recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la letrada Dª Eva Mª Rodríguez Gómez, en nombre y representación de ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L., frente a la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla) de fecha 18 de febrero de 2010, dictada en el recurso de suplicación número 2687/2008 , formulado por D. Indalecio contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla de fecha 2 de abril de 2008 , dictada en virtud de demanda formulada por D. Indalecio , frente a Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A...

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