Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 22 de Febrero de 2011
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Resumen
PACTO DE NO COMPETENCIA. CONTRATO DE DE TRABAJO. Objeto de la presente sentencia es decidir sobre la legalidad de un pacto de no competencia para después de extinguido el contrato de trabajo. El tenor literal de la cláusula, al determinar los casos de aplicación del compromiso de no competencia - si así lo exige la Compañía - , no permiten calificarla de una obligación condicional, pues su validez o exigencia no aparece subordinada a la existencia de un hecho futuro e incierto, sino sujeta a la mera voluntad del empleador de exigir o no su cumplimiento. Por el contrario, el trabajador queda vinculado, de modo que no podrá ejercer actividades potencialmente vedadas siempre que el empleador así se lo exija. En otros términos se trata de un pacto siempre obligatorio para una de las partes -el trabajador- y potestativo para la otra -el empresario- que valorará según su particular conveniencia si le interesa o no exigir el cumplimiento.Nos hallamos, en supuesto incardinable en el art. 1256 del Código civil al haber dejado la efectividad de una obligación al arbitrio de una de las partes del contrato, pacto contrario a norma prohibitiva y, por ello, nulo de acuerdo con lo dispuesto en el art. 6 del Código civil subsistiendo el resto de las obligaciones pactadas. Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 4ª, de lo Social, 22 de Febrero de 2011
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a veintidós de Febrero de dos mil once. Vistos los presentes autos pendientes ante esta Sala, en virtud del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Procurador Sr. Domínguez Maestro en nombre y representación de D. Roque contra la sentencia dictada el 26 de enero de 2010 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en recurso de suplicación núm. 6527/08 , interpuesto contra la sentencia de fecha 10 de marzo de 2008, dictada por el Juzgado de lo Social nº 20 de Barcelona , en autos núm. 854/2007, seguidos a instancia de D. Roque , ...Ver el contenido completo de este documento
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