Sentencia nº 116/2009 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 4 de Febrero de 2009

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Resumen


Los requisitos fijados jurisprudencialmente para aplicar el art. 260 CP se refieren, pues, en primer lugar, a que el sujeto activo del delito sea declarado en concurso, en segundo lugar, que la situación de crisis económica o insolvencia causante de dicha situación haya sido causada o agravada dolosamente por aquél, y, en tercer lugar, que se haya causado algún perjuicio a los acreedores, aunque esta exigencia no aparece mencionada específicamente en el precepto citado. Ahora bien, la jurisprudencia sí incluye dicho elemento teniendo en cuenta que éste es un delito de resultado, pues requiere la causación de una crisis económica o una situación de insolvencia generalizada, como se deriva del propio concepto del concurso, que implica que el pasivo sea mayor que el activo, y, por otra parte, cuando se refiere al perjuicio inferido a los acreedores para graduar la pena, lo que significa dar por supuesta la existencia de perjuicio a los acreedores. Se trata por tanto de un quebranto patrimonial que produce un resultado de lesión que conlleva un perjuicio a los acreedores, pues ello es una consecuencia necesaria de la existencia del concurso. Ahora bien, cuestión distinta es la exigencia de una determinación o concreción exhaustiva de cada uno de los créditos o deudas, no siendo necesaria la individualización de los mismos, bastando estar justificada la causación o agravamiento doloso, dolo directo, del deudor de aquella situación patrimonial.

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Extracto


Sentencia nº 116/2009 de TS, Sala 2ª, de lo Penal, 4 de Febrero de 2009

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cuatro de Febrero de dos mil nueve

En el recurso de casación por infracción de ley, que ante Nos pende, interpuesto por la representación de Daniel, contra sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección Tercera, que condenó al acusado por un delito de insolvencia punible; los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan se han constituido para la Votación y Fallo bajo la Presidencia y Ponencia del Excmo. Sr. D. Juan Saavedra Ruiz, siendo parte el Ministerio Fiscal, estando representado el recurrente por el Procurador Don Jorge Laguna Alonso.

I. ANTECEDENTES

PRIMERO.- El Juzg...

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