Sentencia nº 978/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 27 de Octubre de 2008

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Resumen


NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO ARTICULO 131 DE LA LEY HIPOTECARIA. NULIDAD DE LA ADJUDICACION EN SUBASTA. VENTA POR EL ADJUDICATARIO A TERCERO. ANOTACION PREVENTIVA DE DEMANDA. Esta alcanza al adquirente, vigente la misma, aunque posteriormente se cancele.PRINCIPIO DE FE PUBLICA REGISTRAL. No protege al adquirente que, al tiempo de adquisición estaba vigente la anotación preventiva de demanda. Carece de buena fe el adquirente que conocía la pendencia del proceso y, más tarde, la existencia de la sentencia.DOCTRINA DE LA D.G.R.y N. No es jurisprudencia alegable en casaci

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Extracto


Sentencia nº 978/2008 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 27 de Octubre de 2008

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Octubre de dos mil ocho.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados el recurso de casación contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona, como consecuencia de autos de juicio declarativo de menor cuantía seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Barcelona cuyo recurso se preparó ante la Audiencia Provincial de dicha ciudad por la Procuradora Dª Ana Mª Puyol Gimeno, en nombre y representación de D. Pedro Antonio y Dª Rita ; siendo parte recurrida el Procurador D. Federico Olivares de Santiago, en nombre y representación de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- 1.- El Procurador D. Angel Montero Brusell, de Argentaria, Caja Postal y Banco Hipotecario, S.A., formuló demanda de juicio de menor cuantía contra D. Benjamín y D. Ped...

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