Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 30 de Abril de 2007
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Resumen
Derecho de huelga. Servicios esenciales. Fijación de servicios mínimos. La sentencia de instancia motiva de manera suficiente la decisión por la que se considera contrario a derecho el apartado de la orden recurrida que impugnaba el sindicato demandante y en el que se fijaban unos servicios mínimos del 100%. Por lo demás, la Sala de la Audiencia Nacional no determina que tales servicios mínimos deben quedar cifrados en el 75%; simplemente, después de constatar la falta de justificación de unos servicios del 100% -verdadera ratio decidendi en la que se sustenta el pronunciamiento parcialmente estimatorio del recurso- la sentencia recurrida deja indicado que unos servicios mínimos del 75% podrían considerarse aceptables porque considera que la fijación de ese porcentaje "...permite cohonestar el mantenimiento de un servicio esencial y el respeto al derecho de huelga". Pero no sea hace en la fundamentación de la sentencia, ni, desde luego en su parte dispositiva, un pronunciamiento por el que se fije unos servicios mínimos del 75% en sustitución de los del 100% que había establecido la Administración. No ha lugar al recurso de casación.
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Extracto
Sentencia de TS, Sala 3ª, de lo Contencioso-Administrativo, 30 de Abril de 2007
SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a treinta de Abril de dos mil siete.La Sala constituida por los Excmos. Sres. Magistrados relacionados al margen ha visto el recurso de casación nº 3549/03 interpuesto por la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y asistido por la Abogacía del Estado, contra la sentencia de 17 de febrero de 2003 de la Sección 6ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (recurso nº 6/2002 seguido por el cauce del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona). Han sido parte en las presentes actuaciones la CONFEDERACIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS (CC.OO), representada por la Procuradora Dª Isabel Cañedo Vega, y el MINISTERIO FISCAL.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- La Confederación Sindical de Comisiones Obreras interpuso recurso contencioso- administrativo, por el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona, contra la Orden 1.483 del Ministerio de Economía de 14 de junio de 2002 que estableció servicios mínimos para suministros en la navegación aérea en la huelga general convoc...Ver el contenido completo de este documento
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