ATS, 22 de Abril de 2014

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2014:3284A
Número de Recurso2895/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución22 de Abril de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintidós de Abril de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de Dª María Teresa , con fecha 12 de diciembre de 2013 se ha interpuesto recurso de casación contra la Sentencia dictada, en fecha 11 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección Sexta, con sede en Vigo), en el rollo de apelación nº 554/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 267/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vigo.

  2. - Por Diligencia de ordenación de fecha 16 de diciembre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación y al Ministerio Fiscal con fecha 18 y 19 de diciembre de 2013.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, la Procuradora Dª. María José Carnero López, en nombre y representación de Dª María Teresa presentó escrito con fecha 3 de enero de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. Con fecha 26 de diciembre de 2013, la Procuradora Dª. María del Mar Serrano Moreno, en nombre y representación de CHIQUIOCIO CULTURAL S.L. presentó escrito personándose en calidad de parte recurrida. Con fecha 4 de febrero de 2014, la Procuradora Dª. María Leocadia García Cornejo, en nombre y representación del MUSEO DE LA CIENCIA DE VALLADOLID, presentó escrito personándose en calidad de parte recurrida. Es interviniente el Ministerio Fiscal.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª María Teresa , al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguense copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas para que, en su caso, formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de Dª María Teresa contra la Sentencia dictada, en fecha 11 de noviembre de 2013, por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección Sexta, con sede en Vigo), en el rollo de apelación nº 554/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario nº 267/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vigo.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas para que, en su caso, formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS y transcurrido dicho plazo, a los mismos fines, dese traslado de las actuaciones al MINISTERIO FISCAL.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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