ATS, 28 de Enero de 2014

PonenteSEBASTIAN SASTRE PAPIOL
ECLIES:TS:2014:324A
Número de Recurso808/2013
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución28 de Enero de 2014
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Enero de dos mil catorce.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la entidad mercantil PARFUMERIE DOUGLAS GmbH Y DOUGLAS SPAIN, S.A. se presentó escrito interponiendo recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha de 22 de enero de 2013 por la Audiencia Provincial de Alicante, en el rollo de apelación nº 127/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 266/2010 del Juzgado de la Mercantil nº 2 de Alicante

  2. - Por Diligencia de Ordenación se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, habiéndose notificado la misma a los litigantes.

  3. - Por la Procuradora Doña Mª del Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de la entidad mercantil PARFUMERIE DOUGLAS GmbH Y DOUGLAS SPAIN, S.A. se presentó escrito con fecha de 11 de abril de 2013 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el Procurador Don Luis Pozas Osset, en nombre y representación de las mercantiles KHATNANI, S.A. Y SITA SHEWA, S.L., se presentó escrito con fecha de 7 de mayo de 2013 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de la entidad mercantil PARFUMERIE DOUGLAS GmbH Y DOUGLAS SPAIN, S.A. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCION PROCESAL Y ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil PARFUMERIE DOUGLAS GmbH Y DOUGLAS SPAIN, S.A. contra la sentencia dictada con fecha de 22 de enero de 2013 por la Audiencia Provincial de Alicante, en el rollo de apelación nº 127/2012 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 266/2010 del Juzgado de la Mercantil nº 2 de Alicante

  2. ) Y entréguense copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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