ATS, 15 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha15 Octubre 2013

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Octubre de dos mil trece.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad "BANCO DE SANTANDER, S.A." presentó el día 9 de mayo de 2012 escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal, contra la Sentencia dictada, con fecha 25 de enero de 2012, por la Audiencia Provincial de Vizcaya/Bizkaia (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 566/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 620/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Bilbao.

  2. - Mediante Diligencia de Ordenación de 17 de mayo de 2012 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - El Procurador D. Eduardo Codes Feijoo, en nombre y representación de la entidad "BANCO DE SANTANDER, S.A.", presentó escrito de fecha 30 de mayo de 2012, personándose en concepto de parte recurrente. La Procuradora Dª. María José Rodríguez Teijeiro, en nombre y representación de la entidad "MONTE KALAMUA, S.A.", presentó escrito de fecha 11 de julio de 2012, personándose en concepto de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. SR. D. Francisco Marin Castan.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la entidad "BANCO DE SANTANDER S.A.", al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 , y art. 469 de la LEC 2000 .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los art. 485 y 474 LEC 2000 , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSO DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de la entidad "BANCO DE SANTANDER, S.A.", contra la Sentencia dictada, con fecha 25 de enero de 2012, por la Audiencia Provincial de Vizcaya/Bizkaia (Sección 4ª), en el rollo de apelación nº 566/2011 , dimanante de los autos de juicio ordinario nº 620/2010 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Bilbao.

  2. ) Y entréguese copia del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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