Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 18 de Diciembre de 1989

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Resumen


La relación existente entre actor y demandado, en punto a la reclamación hecha valer en la demanda, según la documentación existente en los autos fue, al menos indiciariamente, la propia de un Agente de la Propiedad Inmobiliaria que intervino como comisionado por un cliente en una operación de compraventa de un local comercial y que dicho mandato se ejerció en Valladolid, por lo que es a los Juzgados de dicha capital a quien compete su conocimiento en orden a la reclamación formulada.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 18 de Diciembre de 1989

En la villa de Madrid, a dieciocho de diciembre de mil novecientos ochenta y nueve.

En la cuestión de competencia por inhibitoria promovida por el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Valladolid para conocer de los autos seguidos por don Manuel Diez del Campo, titular d...

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