Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 6 de Octubre de 1989

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Resumen


No es procedente fundamentar el recurso de casación con base en errónea apreciación de la prueba tratando de impugnar en su totalidad la prueba practicada y valorada en su conjunto en las sentencias de Primera y Segunda Instancia.

No es de acudir a las pruebas de presunciones cuando la sentencia recurrida se base en pruebas directas.

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Extracto


Sentencia de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 6 de Octubre de 1989

En la villa de Madrid, a seis de octubre de mil novecientos ochenta y nueve.

En los autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos a instancia de don Miguel Bedoya Vargas y doña Antonia Bedoya Vargas contra don José Rodríguez Murcia, sobre reclamación de cantidad ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Málaga, y seguidos en apelación ante la Sala Segunda de lo Civil de la Audiencia Territorial de Granada, que ante Nos penden en virtud de recurso de casación interpuesto por don José Rodríguez Murcia, mayor de edad, casado, industrial, vecino de Murcia, domiciliado en Alfonso X El Sabio, ...

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